La Corte Constitucional notificó a la Gobernación de Caldas sobre el fallo de la Sentencia SU 133, correspondiente a la mina Villonza del título minero CHG 081, la cual ordena:
Incluir en la página web de la administración departamental, un vínculo que informe de manera permanente sobre la sentencia.
Una caracterización ambiental, social, laboral y económica, que permita una solución a la problemática minera de Marmato.
Obliga a la Agencia Nacional Minera realizar una intervención económica y social antes de otorgar una concesión de un título minero.
Frente al fallo proferido por la Corte Constitucional, el secretario de Gobierno de Caldas, Carlos Alberto Piedrahita Gutiérrez, considera que lo que se pretende es llegar a una formalización de manera participativa de las comunidades indígenas y mineros artesanales, así como la posibilidad de revivir la Ley de Cuotas, por la condición única en Marmato de una explotación minera con más de 460 años. Aclaró el jefe de Gobierno que volver a la Ley 66 de 1954 permitirá que la parte Alta o Cerro del Burro sea explotada por los afrodescendientes y mineros artesanales y la parte B por las empresas multinacionales como la Gran Colombia Gold.
Concluyó el funcionario que regresar a esa ley lograría una solución integral para evitar un problema de orden público en Marmato.