Mecanismos para presentar Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones
LEY 1755 DE 2015. Artículo 13. Objeto y modalidades del derecho de petición ante autoridades. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma.
Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar: el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.
Peticiones
Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma
Requisitos. La petición deberá contener, por lo menos:
- Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso, con indicación de los documentos de identidad.
- Dirección de notificación y teléfono de contacto.
- Objeto de la petición.
- Las razones en que se fundamenta.
El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de menores en relación a las entidades dedicadas a su protección o formación.
Artículo 13 de la Ley 1755 de 2015
Tiempos de respuesta:
Peticiones de información (10) días hábiles
Peticiones generales (15) días hábiles
Peticiones de consulta (30) días hábiles
Quejas
Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en el desarrollo de sus funciones.
Requisitos. La queja deberá contener por lo menos:
- Los nombres y apellidos complementos del quejoso con indicación del documento de identidad
- Dirección de notificación y teléfono de contacto
- Relación clara y detallada de los presuntos hechos irregulares y las pruebas que puedan servir de sustento a la queja presentada
Tiempos de respuesta (15) días hábiles
Reclamo
Es todo derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.
Requisitos. El reclamo deberá contener, por lo menos:
- Los nombres y apellidos completos y de su representante o apoderado, si es el caso, con indicación de los documentos de identidad
- Dirección de notificación y teléfono de contacto
- Relación clara y detallada de los hechos generadores del reclamo y documentos que puedan servir de soporte a la solicitud
Tiempos de respuesta (15) días hábiles
Sugerencia
Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar un proceso, tramite o servicio.
Tiempos de respuesta (15) días hábiles
Denuncia
Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente sobre una posiblemente conducta irregular para que se adelante la correspondiente investigación, penal, disciplinaria, fiscal o administrativa
Término de respuesta (15) días hábiles
Felicitación
Es una expresión de satisfacción o agradecimiento, en la que se enfatiza la buena labor y se estimula a continuar en la misma tónica. No requiere respuesta, pero darla proyecta una mejor imagen, y da la sensación de ser atendido.